Preguntas y Respuestas Sobre las Facultades del Congreso de la Unión
El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, llamado Congreso de la Unión, está integrado por la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados.
En este organismo de carácter representativo se deposita el Poder Legislativo.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece las facultades del Congreso de la Unión en su artículo 73. Estas facultades son aquellas que realizan las dos Cámaras de manera conjunta, ya sea de forma simultánea o sucesiva.
En el Congreso se llevan a cabo sesiones conforme a la ley en las que con base en la orden del día se conocen, discuten, votan y en su caso aprueban actos parlamentarios.
Estas sesiones del Congreso General, se realizan de manera conjunta por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores que lo integran.
Las sesiones del Congreso son distintas a las sesiones de las Cámaras del Congreso, que cada una de ellas lleva a cabo para participar de manera sucesiva en el proceso legislativo o para realizar las facultades exclusivas de cada una de ellas.
Cuando se escucha o se lee sobre el término “Congreso de la Unión” la primera idea que viene a la mente de algunas personas es el recinto legislativo como tal, esto es, como el edificio donde se encuentra ubicado el Poder Legislativo, y en donde se reúnen los políticos del país. Sin embargo, el término va más allá de un espacio físico de reunión de los legisladores. A continuación presentamos respuestas a preguntas frecuentes sobre el Congreso de la Unión y sus funciones o facultades que las personas suelen tener.
¿Qué es el Congreso de la Unión en México?
¿Cómo se integra el Congreso de la Unión?
¿Qué es una legislatura?
¿Qué es el año legislativo?
¿Cuántos períodos de sesiones tiene el Congreso de la Unión?
¿Qué son los periodos extraordinarios de sesiones?
¿Cuáles son las facultades del Congreso de la Unión?
¿Qué es la Comisión Permanente?
¿Cuáles son las atribuciones de la Comisión Permanente?
¿Qué es el Canal del Congreso?
El Congreso de la Unión también denominado Congreso General es el organismo bicameral en el cual se deposita el Poder Legislativo.
El Congreso de la Unión se integra por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores.
- La Cámara de Diputados está integrada por 500 diputados.
- La Cámara de Senadores está integrada por 128 senadores.
Una legislatura se refiere al tiempo de ejercicio de las funciones de los diputados y senadores, que es de tres años.
Es el tiempo de ejercicio de las funciones de los diputados y senadores, se computa del 1 de septiembre al 31 de agosto siguiente.
El Congreso de la Unión se reúne en 2 períodos de sesiones ordinarias:
Primer Periodo de Sesiones Ordinarias: Se reúne a partir del 1 de septiembre de cada año, que no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el Presidente de la República inicie su encargo el 1 de octubre, en este caso, el periodo podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año.
Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias: Se reúne a partir del 1 de febrero de cada año, que no podrá prolongarse más allá del 30 de abril del mismo año.
Los periodos extraordinarios son aquellas sesiones que pueden celebrarse por cualquiera de las Cámaras o ambas fuera de los periodos ordinarios. Este periodo podrá ser acordado por la Comisión Permanente o a propuesta del Ejecutivo Federal. En este periodo se resolverán los asuntos que se especifiquen en la convocatoria a dicho periodo.
Según el artículo 73 constitucional, el Congreso General tiene facultad para expedir todas las leyes que sean necesarias con el objeto de hacer efectivas las facultades que a continuación se enuncian, así como todas aquellas concedidas por la Constitución a los Poderes de la Unión. Es así que, el Congreso tiene facultad para:
- Admitir nuevos estados a la Unión Federal.
- Formar nuevos estados dentro de los límites existentes.
- Cambiar la residencia de los Supremos Poderes de la Federación.
- Imponer contribuciones necesarias para cubrir el Presupuesto.
- Establecer contribuciones sobre comercio exterior; aprovechamiento y explotación de recursos naturales; instituciones de crédito y sociedades de seguros; servicios públicos concesionados o explotados directamente por la federación; especiales sobre: energía eléctrica, producción y consumo de tabacos labrados, gasolina, cerillos y fósforos, aguamiel, explotación forestal, producción y consumo de cerveza.
- Impedir que en el comercio entre entidades federativas se establezcan restricciones.
- Legislar sobre: hidrocarburos, minería, sustancias químicas, explosivos, pirotecnia, industria cinematográfica, comercio, apuestas y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica y energía nuclear.
- Expedir leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123 Constitucional.
- Dictar leyes según deban declararse buenas o malas las presas de mar y tierra.
- Expedir leyes relativas al derecho marítimo de paz y guerra.
- Dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República.
- Dictar leyes sobre vías generales de comunicación, tecnologías de la información y la comunicación, radiodifusión, telecomunicaciones, incluida la banda ancha e internet, postas y correos, y sobre uso y aprovechamiento de las aguas de la jurisdicción federal.
- Expedir leyes de organización del Cuerpo Diplomático y Cuerpo Consular mexicano.
- Expedir leyes generales que establezcan los tipos penales y sus sanciones en materia de secuestro, desaparición forzada, de personas otras formade privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otro tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como electoral.
- Expedir leyes en materia de delincuencia organizada.
- Expedir la legislación en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal de ejecución de penas y de justicia penal para adolescentes que regirá en el fuero federal y común.
- Expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la federación, las entidades federativas y los municipios, organicen la guardia nacional y demás instituciones de seguridad pública en materia federal.
- Expedir la ley general en materia de seguridad privada.
- Expedir leyes que regulen la organización y facultades de la Auditoría Superior de la Federación, y demás que normen la gestión, control y evaluación de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales.
- Expedir la ley general que establezca las bases del Sistema Nacional Anticorrupción.
- Legislar sobre restos fósiles, monumentos arqueológicos, artísticos e historicos.
- Legislar sobre las características y uso de la Bandera, Escudo e HImno Nacionales.
- Expedir leyes tendientes a la promoción de la inversión mexicana, la regulación de la inversión extranjera, la transferencia tecnológica y la generación, difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional.
- Expedir la ley que instituye el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
- Legislar en materia de cultura física y deporte.
- Expedir leyes en materia de turismo.
- Expedir leyes en materia de seguridad nacional.
- Expedir leyes en materia de constitución, organización, funcionamiento y extinción de las sociedades cooperativas.
- Legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.
- Expedir leyes en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos.
- Legislar sobre iniciativa ciudadana y consultas populares.
- Expedir leyes que armonicen y homologuen la organización y el funcionamiento de registros civiles, registros públicos inmobiliarios y de personas morales de las entidades federativas y los catastros municipales.
- Expedir leyes en materia de responsabilidad hacendaria.
- Expedir leyes en materia de derechos de las víctimas.
- Expedir la ley única en materia procesal civil y familiar, así como sobre extinción de dominio.
- Crear y suprimir empleos públicos de la Federación.
- Declarar la guerra, según datos que le presente el Ejecutivo.
- Levantar y sostener al Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea Nacionales.
- Establecer casas de moneda, dictar reglas para determinar el valor relativo de la moneda extranjera y adoptar un sistema general de pesas y medidas.
- Fijar las reglas a que debe sujetarse la ocupación y enajenación de terrenos baldíos y precio de estos.
- Conceder amnistías por delitos cuyo conocimiento competa a los tribunales de la Federación.
- Establecer el Sistema de Carrera de los maestros en términos del artículo 3 de la Constitución.
- Establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, elementales, media superiores, superiores, secundarias y profesionales de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica, escuelas de práctica de agricultura y de minería, entre otros.
- Conceder licencia al Presidente de la República para constituirse en Colegio Electoral y designar al ciudadano que deba sustituir al presidente con carácter de interino o sustituto.
- Aceptar la renuncia del cargo de Presidente de la República.
La Comisión Permanente es un órgano que pertenece al Congreso de la Unión que tiene como función suplirlo completamente o bien a alguna de sus cámaras durante sus recesos. La Comisión está compuesta por 37 miembros de los cuales 19 serán diputados y 18 senadores.
La Comisión Permanente tiene las siguientes atribuciones:
- Recibir la protesta del Presidente de la República.
- Recibir las iniciativas de ley.
- Acordar la convocatoria del Congreso o de una sola Cámara a sesiones extraordinarias.
- Conceder licencia hasta por sesenta días naturales al Presidente de la República.
- Ratificar los nombramientos que el presidente haga de embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, integrantes del órgano colegiado encargado de la regulación en materia de energía, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales.
- Conocer y resolver sobre las solicitudes de licencia presentadas por legisladores.
El Canal del Congreso tiene el nombre oficial de “Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos”, y es un órgano del Congreso que tiene por objetivo difundir a través de las distintas plataformas de comunicación, la actividad legislativa de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados así como de la Comisión Permanente.
Nota aclaratoria: Los supuestos establecidos en la legislación respecto a las facultades del Congreso de la Unión son diversos y su configuración en la realidad puede variar, y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.