Preguntas y Respuestas Sobre Constancia de Inscripción de Empleador de Extranjeros
Si bien es cierto que México cuenta con profesionistas altamente calificados de nacionalidad mexicana, también lo es que en ocasiones las compañías requieren de trabajadores con habilidades o conocimientos específicos en algún área determinada, como por ejemplo, tecnología, ingeniería, comercial, arquitectura, arte, lengua, deporte, etcétera, que por alguna razón no han podido encontrar o contratar en México, y es entonces que optan por contratar a profesionistas especializados extranjeros.
No es extraño saber que en nuestro país trabajan en diferentes industrias una gran cantidad de extranjeros de nacionalidad estadounidense, canadiense, alemana, koreana, japonesa, brasileña, colombiana, chilena, entre muchas otras.
Para que los empleadores en México, sean estos personas físicas o personas morales, puedan contratar personal extranjero deberán observar algunas disposiciones que se encuentran establecidas en la Ley Federal del Trabajo, en la Ley de Migración y en el Reglamento de la Ley de Migración.
Así mismo, para que el talento extranjero pueda ser contratado en México deberá de reunir los requisitos y obtener los permisos de trabajo que disponen la Ley de Migración y el Reglamento de la Ley de Migración.
Los empleadores mexicanos suelen tener preguntas sobre cómo contratar personal extranjero, qué es la constancia de inscripción de empleador expedida por el Instituto Nacional de Migración (INM), cuál es el procedimiento para obtener esa constancia y más. A continuación presentamos preguntas y respuestas sobre la constancia de inscripción de empleador de extranjeros.
¿Quién es considerado extranjero en México?
¿Cuántos extranjeros puede contratar una empresa en México?
¿Qué porcentaje de personal extranjero puede contratar una empresa para los cargos de gerentes generales, directores y administradores?
¿Qué es la constancia de inscripción de empleador de extranjeros?
¿Ante quién se tramita la constancia de inscripción de empleador de extranjeros?
¿Cuáles son los requisitos para tramitar la constancia de inscripción de empleador de extranjeros?
¿Cuál es el procedimiento para obtener la constancia de inscripción de empleador de extranjeros?
¿En qué casos deberá el empleador actualizar la constancia de inscripción de empleador?
¿Qué es la oferta de empleo?
¿Qué es la visa por oferta de empleo?
¿Cuáles son las condiciones de estancia que permiten trabajar al migrante en México?
¿Las empresas pueden contratar extranjeros residentes temporales en México?
¿Las empresas pueden contratar extranjeros residentes temporales estudiantes en México?
De acuerdo con la Ley de Migración, es extranjero la persona que no posea la calidad de mexicano conforme al artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Ley Federal del Trabajo establece que en las categorías de técnicos y profesionales de una especialidad determinada, las empresas podrán contratar temporalmente a trabajadores extranjeros en una proporción que no exceda del diez por ciento de los de la especialidad.
La Ley Federal del Trabajo no restringe el porcentaje de personal extranjero que se contrate por las empresas para desempeñar los puestos de gerentes, gerentes generales, directores y administradores.
Es el documento expedido por el Instituto Nacional de Migración (INM) que permite a las personas físicas o morales contratar personal extranjero o emitir ofertas de empleo a extranjeros.
La constancia de inscripción de empleador se tramita ante el Instituto Nacional de Migración (INM).
Para tramitar la constancia de inscripción de empleador de extranjeros ante el Instituto Nacional de Migración (INM) es necesario:
- Llenar en línea y presentar en la oficina de representación del domicilio del interesado, el formato de solicitud de trámite de constancia de inscripción de empleador de extranjeros impreso y firmado de forma autógrafa del promovente.
- Adjuntar al formato la siguiente documentación según el promovente sea persona física o persona moral.
Persona Física:
- Identificación oficial
- Comprobante de domicilio
- Constancia de inscripción en el RFC
- Constancia de última declaración de impuestos
- Aviso de registro como prestadores de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas expedido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Persona Moral:
- Acta constitutiva
- Poder del representante legal
- Identificación del representante legal
- Comprobante de domicilio
- Constancia de inscripción en el RFC
- Constancia de última declaración de impuestos
- Lista de empleados y su nacionalidad
- Aviso de registro como prestadores de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas expedido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
El trámite para obtener la constancia de inscripción de empleador de extranjeros se llevará a cabo de la siguiente forma:
- El solicitante de la constancia de inscripción de empleador de extranjeros presentará el formato de solicitud de constancia de inscripción de empleador y documentos anexos requeridos ante el Instituto Nacional de Migración.
- El Instituto acusará de recibida la solicitud.
- El Instituto estudiará la documentación presentada.
- El Instituto podrá realizar visita de verificación.
- El Instituto expidirá constancia de inscripción de empleador de extranjeros, cuando se reúnen los requisitos de ley.
El empleador deberá actualizar la constancia de inscripción de empleador:
- Cuando haya cambiado el representante legal.
- En caso de cambio de domicilio.
- Anualmente, para actualizar la declaración anual de impuestos.
La oferta de empleo es el documento expedido por una persona física o moral empleadora a un extranjero, contenida en hoja membretada en la que se indique:
- El nombre, denominación o razón social del empleador.
- El domicilio del empleador.
- La actividad remunerada a realizar conforme a la clasificación del Sistema Nacional de Clasificación de Ocupaciones (SINCO).
- La remuneración mensual.
- La temporalidad del empleo.
- El lugar de trabajo.
- Los datos de la constancia de inscripción del empleador emitida por el Instituto Nacional de Migración.
La visa por oferta de empleo es aplicable para personas extranjeras que pretendan internarse en México en la condición de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas y que cuenten con oferta de empleo.
No todas las condiciones de estancia en México permiten a los migrantes trabajar en el país. Las condiciones de estancia que permiten trabajar al migrante son:
- Residente temporal con permiso para trabajar.
- Residente permanente.
- Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas.
- Visitante por razones humanitarias.
- Visitante trabajador fronterizo.
Estas condiciones de estancia deben encontrarse vigentes.
Sí, los extranjeros residentes temporales podrán trabajar en México siempre y cuando estos obtengan un permiso de trabajo en México por parte del Instituto Nacional de Migración.
Sí, los extranjeros residentes temporales estudiantes podrán trabajar en México siempre y cuando estos obtengan un permiso de trabajo en México por parte del Instituto Nacional de Migración.
Nota aclaratoria: Los supuestos previstos tratándose de la constancia de inscripción de empleador de extranjeros son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.