Contrato de Franquicia
En diversos países se regula y se han reconocido diversos tipos de franquicia (Franchise, en inglés).
La Federación Europea de Franquicias (EFF) fundada en 1972, promueve, defiende y promociona la industria de las franquicias en Europa. A esta pertenecen asociaciones de franquicias de países como Francia, Bélgica, Holanda, Italia, Reino Unido, Turquía entre otros. Las asociaciones miembro han promocionado los principios del Código de Ética para Franquicias (European Code of Ethics for Franchising, en inglés), el cual es vinculante para todos los miembros de la Federación.
El Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT) pone a disposición de la comunidad internacional la Ley Modelo Sobre la Divulgación de la Información en Materia de Franquicia (Model Law, en inglés) y su Informe Explicativo preparado por un comité de expertos gubernamentales, como un ejemplo o recomendación para los Estados que han decidido adoptar una legislación específica en la materia.
En el año de 1991 en México se reconoció en la Ley de Propiedad Industrial la figura jurídica de franquicia.
En 2006 con las reformas a la Ley de Propiedad Industrial se contempló el contrato de franquicia.
Actualmente las franquicias en México se encuentran reguladas por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, el Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial, además resultan aplicables disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Civil, de la Ley General de Sociedades Mercantiles, del Código de Comercio, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal del Derecho de Autor, entre otras.
Mediante el contrato de franquicia, el franquiciante concede al franquiciatario la explotación de derechos de propiedad intelectual.
De acuerdo con la Asociación Mexicana de Franquicias (AMF) las franquicias han crecido rápidamente en México en los últimos años, siendo una excelente opción de inversión y oportunidad de negocio.
Las franquicias han contribuido en la generación de empleo y favorecido al crecimiento económico del país.
Circular de Oferta de Franquicia (COF)
El franquiciante por lo menos con treinta días previos a la celebración del contrato de franquicia, deberá proporcionar la circular de la oferta de franquicia a los interesados o inversionistas en la cual se contendrá la información técnica, económica y financiera de la franquicia consistente en:
- Nombre, denominación o razón social, domicilio y nacionalidad del franquiciante.
- Descripción de la franquicia.
- Antigüedad de la empresa franquiciante.
- Derechos de propiedad intelectual de la franquicia.
- Montos y conceptos de los pagos que el franquiciatario deberá pagar al franquiciante.
- Tipo de asistencia técnica que el franquiciante deberá proporcionar al franquiciatario.
- Zona territorial de operación de la negociación que explote la franquicia.
- Derecho del franquiciatario a conceder o no subfranquicias a terceros.
- Obligaciones del franquiciatario respecto de la información confidencial.
- Derechos y obligaciones del franquiciatario.
Si la información es falsa el franquiciatario tendrá derecho a exigir la nulidad del contrato de franquicia y demandar al franquiciante el pago de los daños y perjuicios que se hayan ocasionado por el incumplimiento del contrato. Este derecho podrá ejercerlo el franquiciatario durante un año a partir de la celebración del contrato de franquicia. Si no lo ejerce durante ese plazo, únicamente tendrá derecho a demandar la nulidad del contrato.
Obligaciones del Franquiciante
En el contrato de franquicia, el franquiciante tiene las siguientes obligaciones:
- Conceder el derecho de uso y explotación de la franquicia.
- Proporcionar al franquiciatario los manuales de operación del negocio.
- Proporcionar asistencia técnica al franquiciatario.
- Otorgar capacitación técnica y operativa al personal del franquiciatario.
- Realizar supervisiones y evaluaciones al franquiciatario.
Obligaciones del Franquiciatario
En el contrato de franquicia, el franquiciatario tiene las siguientes obligaciones:
- Operar en la zona geográfica en la que se haya obligado según el contrato de franquicia.
- Mantener las características del establecimiento estipuladas en el contrato.
- Cumplir con las políticas de inventarios, suministro, mercadotecnia y publicidad.
- Pagar los montos y conceptos a los que se haya obligado.
Nota aclaratoria: Los supuestos previstos tratándose del contrato de franquicia son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.