Derecho Electoral
En México, mediante la celebración del proceso electoral se lleva a cabo el cambio de quienes integran los poderes Ejecutivo y Legislativo.
El cambio de los integrantes tanto del Poder Ejecutivo como del Poder Legislativo se lleva a cabo de forma periódica (seis años, tres años, etcétera), tanto a nivel federal, estatal y local.
Tratándose del derecho electoral, los ciudadanos ejercen el sufragio o voto el cual es universal, libre, secreto y directo. El sufragio consiste no sólo en el derecho de votar sino también en el derecho de ser votado o elegido.
El proceso electoral causa gran revuelo en México entre todos los actores en la materia, es decir, entre los ciudadanos, los partidos políticos, los políticos y los candidatos, así como de la autoridad electoral. Las elecciones en México son de suma importancia.
En el tema electoral, destacan el valor del sufragio o voto; las elecciones libres, competitivas y auténticas; la soberanía; la garantía de la democracia; y la certeza de la representación popular.
El derecho electoral en el Estado mexicano se refiere al conjunto de normas que se aplican a la organización y realización del proceso electoral, a los resultados de las elecciones, a la declaración de validez de los resultados electorales y a los medios de impugnación.
A través del derecho electoral se garantiza la democracia. Podemos mencionar 4 importantes artículos constitucionales relacionados con la materia electoral.
En México, en materia electoral, el artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos habla de la soberanía y dispone que: “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.
Por su parte, el artículo 40 Constitucional se refiere a la constitución del pueblo mexicano en una República y señala que: “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental”.
Y el artículo 41 Constitucional se refiere a la renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo, dispone que esta se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, y establece las bases para ello, disponiendo lo relativo a los partidos políticos, su finalidad y su financiamiento; a la propaganda política o electoral que difundan los partidos y candidatos; a las precampañas y a las campañas electorales; a los procesos electorales; a las infracciones en la materia; y al sistema de medios de impugnación.
El artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que se refiere a la materia electoral dispone:
Artículo 73: El Congreso tiene facultad: …
XXI. Para expedir:
- Las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias…electoral.
…XXIX-U. Para expedir las leyes generales que distribuyan competencias entre la Federación y las entidades federativas en materia de partidos políticos, organismos electorales, y procesos electorales conforme a las bases previstas en esta Constitución.
Y en esa tesitura, forman parte del marco normativo en materia electoral la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Federal de Consulta Popular, entre otros. Así como la legislación de las entidades federativas como el Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza, el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, la Ley Electoral del Estado de Baja California, por mencionar algunas.
En México, el Instituto Nacional Electoral (INE) es la máxima autoridad electoral encargada de llevar a cabo la organización de las elecciones federales. Así mismo, el INE organiza las elecciones locales en las entidades federativas y en la Ciudad de México, en coordinación con los organismos estatales en materia electoral.
Por su parte, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es un órgano especializado del Poder Judicial de la Federación encargado de resolver las controversias en materia electoral, de proteger los derechos político electorales de los ciudadanos y de impartir justicia en materia electoral.
El Voto o Sufragio
El voto se puede definir como una forma de expresar la voluntad para tomar una decisión entre varias opciones que se presentan.
Según la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el voto es tanto un derecho como una obligación de los ciudadanos.
Así lo disponen los artículos 35 y 36 constitucionales, que en su parte relativa establecen: “Artículo 35: Son derechos de la ciudadanía: I. votar en las elecciones populares”. “Artículo 36: Son obligaciones del ciudadano de la República: … III. Votar en las elecciones, las consultas populares, y los procesos de revocación de mandato en los términos que señale la ley”.
Esto es, en materia electoral, el voto es el derecho que tienen los ciudadanos para elegir al candidato o a los candidatos que han de ocupar cargos en el Poder Ejecutivo o en el Poder Legislativo como por ejemplo para elegir al Presidente de la República, al Gobernador del Estado, al Presidente Municipal y a los Diputados.
El sufragio tiene como características que debe ser universal, libre, secreto e intransferible.
Como dato interesante, tenemos que las mujeres votaron por primera vez en nuestro país en el año de 1955.
Por otra parte, la Constitución, en el artículo 35 fracción II también reconoce el derecho a ser votado estableciendo lo siguiente: “Artículo 35: Son derechos de la ciudadanía: …II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular teniendo las calidades que establezca la ley…”.
Y en ese sentido, el derecho a ser votado se refiere a que los ciudadanos tienen derecho a ser candidatos a un cargo de elección popular, siempre y cuando reúnan los requisitos que establezcan las leyes.
Los Partidos Políticos
Los partidos políticos están integrados por ciudadanos que participan en los procesos electorales para ocupar cargos públicos.
Según el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los partidos políticos son entidades de interés público, que sólo pueden estar formadas por ciudadanos y ciudadanas, y que tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática.
La ley establece los requisitos para que los partidos políticos puedan registrarse, las formas de su intervención en el proceso electoral, y los derechos y obligaciones que les corresponden.
Además la ley establece también lo relativo a la postulación de los candidatos de los partidos políticos a los cargos de elección popular.
Por disposición constitucional, los partidos políticos contarán con financiamiento público para llevar a cabo sus actividades ordinarias, las actividades tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales y las actividades de carácter específico.
Los partidos políticos nacionales que cuenten con registro ante el Instituto Nacional Electoral (INE) tienen derecho a participar en las elecciones federales y locales.
Los partidos políticos en México que actualmente cuentan con registro ante el INE son: Morena, Movimiento Ciudadano, Partido Acción Nacional (PAN), Partido del Trabajo (PT), Partido de la Revolución Democrática (PRD), Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Partido Verde Ecologista.
Paridad de Género
El principio de paridad de género encuentra su fundamento en el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se refiere a la obligación que tienen los partidos políticos de postular en igualdad tanto a hombres como a mujeres a las candidaturas a los cargos de elección popular.
Este principio constitucional de paridad de género se refiere al equilibrio en la participación de mujeres y hombres en los puestos de poder y toma de decisiones en el ámbito político, económico y social.
Gracias al principio de paridad de género es que las mujeres actualmente cuentan con mayor reconocimiento de sus derechos político electorales que en épocas anteriores a la reforma constitucional de 2014 en la que fue incluido este principio.
El Instituto Nacional Electoral (INE)
El Instituto Nacional Electoral (INE) por disposición constitucional (artículo 41) es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales, y los ciudadanos.
El INE lleva a cabo la función estatal de organizar las elecciones y en el ejercicio de esa función son principios rectores: la certeza, la legalidad, la independencia, la imparcialidad, la máxima publicidad y la objetividad.
El Instituto es la autoridad en materia electoral, independiente en sus decisiones y funcionamiento. Está integrado por órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia.
El Consejo General es el órgano superior de dirección del INE.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es un órgano especializado del Poder Judicial de la Federación encargado de resolver las controversias en materia electoral, de proteger los derechos político electorales de los ciudadanos y de impartir justicia en materia electoral.
El TEPJF está integrado por una Sala Superior con siete magistraturas, cinco Salas Regionales y una Sala Especializada.