Sistema Político Electoral Mexicano
En México el sistema electoral permite elegir a los gobernantes de forma democrática.
La democracia, es el gobierno del pueblo para el pueblo. La democracia es el derecho de los ciudadanos a participar en las decisiones políticas del país. A través de los procesos electorales se define quién representará al pueblo y se ocupará del rumbo político de México.
El sistema político mexicano tiene su fundamento en la Constitución. Se trata de un sistema de gobierno en el que el poder reside en el pueblo, esto es, que se ejerce mediante representantes elegidos por el pueblo a través del voto por medio de los procesos electorales. La democracia en México es constitucional y representativa.
Según el Estado de Derecho Mexicano, todos los ciudadanos son iguales ante la ley. El Estado Derecho está basado en una ley fundamental que es la Constitución, en la cual se encuentran los derechos de la ciudadanía que tienen que ser respetados por el gobierno.
De acuerdo con el artículo 40 constitucional, el pueblo mexicano está constituido en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por estados libres y soberanos y por la Ciudad de México, unidos en una federación.
Y según el numeral 41 constitucional, el pueblo ejerce su soberanía a través de los Poderes de la Unión: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial.
Tratándose de los poderes ejecutivo y legislativo, están integrados por representantes del pueblo elegidos a través del voto, ejercido por medio de elecciones libres, auténticas y periódicas.
El Poder Ejecutivo Federal (Presidencia de la República), el de los estados (Gubernaturas Estatales) y el de la Ciudad de México (Jefatura de la Ciudad de México) son elegidos cada seis años.
El Poder Legislativo Federal se deposita en un Congreso General que es un organismo bicamaral, denominado Congreso de la Unión. En cada entidad federativa, el Congreso Estatal está integrado por diputados.
En cuanto al Poder Legislativo Federal, las cámaras que integran el Congreso de la Unión son: la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores
La Cámara de Diputados se integra por 500 diputados, de los cuales 300 diputados son electos según el principio de votación de mayoría relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y los otros 200 diputados son electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales votadas en circunscripciones plurinominales.
La Cámara de Diputados se renovará en su totalidad cada tres años.
La Cámara de Senadores se integra por 128 senadores, de los cuales en cada estado y en la Ciudad de México 2 serán electos según el principio de votación mayoritaria relativa, y 1 será asignado a la primera minoría. Los 32 senadores restantes serán elegidos por el principio de representación proporcional votados en una sola circunscripción plurinominal nacional.
Lo anterior resulta de la siguiente forma:
Senado: integrado por 128 senadurías: 64 senadurías por el principio de mayoría relativa, 32
senadurías por el principio de representación proporcional y 32 senadurías de primera minoría.
La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años.
La organización de las elecciones se realiza a través del Instituto Nacional Electoral (INE) y de los organismos públicos locales en los términos establecidos en la Constitución. Además, forman parte del sistema electoral mexicano federal: el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales (FISEL).
Según el artículo 35 Constitucional, los ciudadanos tienen libertad para votar y ser votados en elecciones populares.
Reformas Constitucionales en Materia Político-Electoral
En México desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgada el 5 de febrero de 1917 se instituyeron organismos con facultades para llevar a cabo el proceso electoral federal.
Después de 1917, se promulgaron leyes y reformas a la Constitución en materia electoral con el propósito de organizar, vigilar y llevar a cabo el proceso electoral en nuestro país.
Una de las reformas más importantes en materia electoral, es la reforma constitucional de 1990, como resultado de esta, se expidió el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y se creó un organismo público, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, para dar certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad y profesionalismo al proceso electoral federal. Este organismo público fue el Instituto Federal Electoral (IFE).
Destacan además las reformas electorales de los años de 1993, 1994, 1996, y 2007 que robustecieron el Sistema Político Electoral Mexicano.
En el año de 2014 tuvo lugar la importante Reforma Constitucional en Materia Política – Electoral con la que se moderniza y garantiza la observancia de los principios electorales de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, publicidad y objetividad en los procesos electorales tanto federales como locales, fortaleciendo así la democracia en México. Destaca que a través de esta reforma se:
- Expiden nuevas leyes en materia electoral: la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Federal de Consulta Popular.
- Reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
- Transforma el Instituto Federal Electoral en un organismo nacional, público y autónomo, el Instituto Nacional Electoral (INE).
- Establece una nueva coordinación entre el INE y los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES) para la organización de las elecciones en las entidades federativas.
- Fortalece la impartición de la justicia electoral y la imposición de sanciones a través del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
- Establece autoridades jurisdiccionales en materia electoral en las entidades federativas, que son órganos constitucionales autónomos de carácter permanente, con personalidad jurídica y patrimonio propios.
- Establecen los tipos de coaliciones y su formalización.
- Señalan los términos para realizar debates obligatorios entre los candidatos a la presidencia de la República y su transmisión.
- Establece la paridad de género en las candidaturas, esto es, que el 50% de las candidaturas a legisladores federales y locales sean ocupadas por mujeres.
- Establece que el ciudadano que reúna el porcentaje de firmas de apoyo necesario será registrado por el INE como candidato independiente.
- Modifica el procedimiento especial sancionador por quejas o denuncias por violaciones a las normas de propaganda electoral.
- Establecen nuevas causales para declarar la nulidad de elecciones federales y locales.
- Garantiza el derecho al voto de los ciudadanos mexicanos en el extranjero.
- Garantiza el derecho al voto de los pueblos y comunidades indígenas.
- Establecen nuevas reglas para el financiamiento privado.
- Tipifican delitos electorales.
Nota aclaratoria: Los supuestos establecidos en la legislación respecto al Sistema Político Electoral Mexicano son diversos y su configuración en la realidad puede variar, y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.