Código Penal Federal
› Libro Primero
› Título Primero - Responsabilidad Penal
› Capítulo V - Concurso de Delitos
› Artículos 18 al 19
Última Reforma DOF 07-06-2024
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(DENOMINACIÓN DEL CAPÍTULO REFORMADA D.O.F. 13 DE ENERO DE 1984)
Artículo 18
Existe concurso ideal, cuando con una sola conducta se cometen varios delitos. Existe concurso real, cuando con pluralidad de conductas se cometen varios delitos.
(ARTÍCULO REFORMADO D.O.F. 13 DE ENERO DE 1984)
Artículo 19No hay concurso cuando las conductas constituyen un delito continuado.
(ARTÍCULO REFORMADO D.O.F. 13 DE ENERO DE 1984)