Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
› Libro Octavo - De los Regímenes Sancionador Electoral y Disciplinario Interno
› Título Segundo - De las Responsabilidades de los Servidores Públicos del Instituto Nacional Electoral
› Capítulo II - Del Régimen de Responsabilidades Administrativas
› Artículos 480 al 486
Última Reforma DOF 14-10-2024
1. Para la determinación de las responsabilidades administrativas de los servidores públicos del Instituto por la comisión de faltas administrativas graves o no graves, o de los particulares vinculados con faltas administrativas graves, el Órgano Interno de Control se sujetará al régimen y procedimientos establecidos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
(ARTÍCULO REFORMADO D.O.F. 27 DE ENERO DE 2017)
Artículo 481Se deroga.
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 27 DE ENERO DE 2017)
Artículo 482Se deroga.
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 27 DE ENERO DE 2017)
Artículo 483Se deroga.
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 27 DE ENERO DE 2017)
Artículo 484Se deroga.
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 27 DE ENERO DE 2017)
Artículo 485Se deroga.
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 27 DE ENERO DE 2017)
Artículo 486Se deroga.
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 27 DE ENERO DE 2017)