Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal
› Título Segundo - De los Dispositivos para el Control del Tránsito en Vías Federales
› Capítulo II - De los Dispositivos para el Control del Tránsito Horizontales
› Artículo 11
Última Reforma DOF 22-11-2012
El dispositivo para el control del tránsito horizontal es el conjunto de marcas que se pintan o colocan sobre el pavimento, guarniciones y estructuras, con el propósito de delinear las características geométricas de las carreteras y vialidades urbanas, y denotar todos aquellos elementos estructurales que estén instalados dentro del derecho de vía, para regular y canalizar el tránsito de vehículos y peatones, así como proporcionar información a los usuarios. Estas marcas son rayas, símbolos, leyendas o dispositivos.
Los dispositivos para el control del tránsito horizontal comprenden:
I. Raya separadora de sentido de circulación (M-1), color amarillo:
a) Raya continua sencilla (arroyo vial hasta 6.5 m y ciclovías) (M-1.1);
b) Raya discontinua sencilla (arroyo vial hasta 6.5 m y ciclovías) (M-1.2);
c) Raya continua sencilla (arroyo vial mayor de 6.5 m) (M-1.3);
d) Raya continua – discontinua (arroyo vial mayor de 6.5 m) (M-1.4);
e) Raya discontinua sencilla (arroyo vial mayor de 6.5 m) (M-1.5), y
f) Raya continua doble (M-1.6);
II. Raya separadora de carriles (M-2), color blanco:
a) Raya separadora de carriles, continua sencilla (M-2.1);
b) Raya separadora de carriles, continua doble (M-2.2), y
c) Raya separadora de carriles, discontinua (M-2.3);
III. Raya en la orilla del arroyo vial (M-3), color blanco o amarillo:
a) Raya en la orilla derecha, continua (M-3.1);
b) Raya en la orilla derecha, discontinua (M-3.2), y
c) Raya en la orilla izquierda (M-3.3), color amarillo;
IV. Raya guía en zona de transición (M-4), color blanco;
V. Rayas canalizadoras (M-5), color blanco o amarillo;
VI. Raya de alto (M-6), color blanco;
VII. Rayas para cruce de peatones o de ciclistas (M-7), color amarillo para peatones o verde para ciclistas:
a) Rayas para cruce de peatones o de ciclistas en vías federales primarias (M-7.1), y
b) Rayas para cruce de peatones o de ciclistas en vías federales secundarias y ciclovías (M-7.2);
VIII. Marcas para cruce de ferrocarril (M-8), color blanco;
IX. Rayas con espacio logarítmico (M-9), color blanco;
X. Marcas para estacionamiento (M-10), color blanco;
XI. Rayas, símbolos y leyendas para regular el uso de carriles (M-11), color blanco:
a) Flechas, letras y números (M-11.1);
b) Rayas para delimitar un carril en contra sentido (M-11.2);
c) Raya para delimitar un carril exclusivo (M-11.3), y
d) Raya para establecer lugares de parada (M-11.4);
XII. Marcas en guarniciones (M-12), color blanco para delinear guarniciones y color amarillo para prohibición de parar y de estacionarse:
a) Raya para prohibir estacionarse (M-12.1), y
b) Raya para delinear guarniciones (M-12.2);
XIII. Marcas en estructuras y objetos adyacentes a la superficie de rodadura (M-13), color blanco alternado con color negro:
a) Marcas en estructuras (M-13.1), y
b) Marcas en otros objetos (M-13.2);
XIV. Raya para frenado de emergencia (M-14), color rojo;
XV. Marca para identificar ciclovías (M-15), color blanco;
XVI. Marcas temporales (M-16), de cualquier color;
XVII. Botones reflejantes y delimitadores sobre el pavimento (DH-1), color blanco, amarillo o rojo;
XVIII. Botones reflejantes sobre estructuras (DH-2);
XIX. Botones (DH-3), y
XX. Reductores de velocidad (RV).