Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal
› Título Segundo - De los Dispositivos para el Control del Tránsito en Vías Federales
› Capítulo VIII - Del Control de Tránsito por los Policías Federales
› Artículos 22 al 23
Última Reforma DOF 22-11-2012
Cuando el tránsito sea dirigido por los Policías Federales o por policías de las corporaciones estatales o municipales en auxilio de aquéllos, se utilizarán los siguientes ademanes y posiciones, acompañados de señales acústicas o visuales congruentes con aquéllos:
I. La posición de frente o la de espalda para indicar que:
a) Los conductores deben detener la marcha de su vehículo antes de entrar a la zona de cruce de peatones, y
b) Los peatones deben abstenerse de cruzar la vía federal transversal a aquélla por la que transitan.
II. La posición lateral o de costado para indicar que:
a) Los conductores deben seguir de frente o dar vuelta a la derecha, si no existe prohibición en contrario, o a la izquierda en vías federales de un solo sentido, cuando dicha vuelta esté permitida, y
b) Los peatones pueden cruzar la vía federal transversal a aquélla por la que circulan.
III. La posición lateral del Policía Federal con un brazo colocado horizontalmente con la mano extendida hacia arriba del lado de donde procede la circulación para indicar que:
a) Los conductores deben tomar sus precauciones porque está a punto de ser ordenado el alto de la circulación, y
b) Los peatones deben abstenerse de iniciar el cruce de la vía federal transversal a aquélla por la que circulan.
IV. Los ademanes que combinen la orden preventiva y la de siga, advertirán a unos que deben detener la marcha y a otros continuarla en el sentido que indique el ademán;
V. El ademán consistente en la colocación del brazo derecho en posición vertical, indica a conductores y usuarios el alto de sus respectivos desplazamientos con motivo de la aproximación de ambulancias, vehículos de alguna corporación policíaca, del cuerpo de bomberos o de cualquier otra agrupación destinada a la atención de emergencias, y
VI. Los toques de silbato que acompañen los ademanes a que se refieren las fracciones anteriores, serán:
a) Un toque corto para el alto de la circulación;
b) Dos toques cortos para que el tránsito siga adelante;
c) Un toque largo para la señal preventiva de corte de la circulación;
d) Tres toques largos para el alto general de la circulación, y
e) Una serie de toques cortos para activar el tránsito.
Cuando los ademanes de los Policías Federales encargados de dirigir el tránsito no sean claramente visibles a una distancia de 100 metros, los harán con el apoyo de una linterna que emita luz roja.
En este caso, las posiciones serán las señaladas en el artículo anterior y los movimientos de la linterna indicarán:
a) Alto a los vehículos que circulen en dirección transversal a un movimiento pendular por el frente del Policía Federal y siga a los que circulen en la misma dirección de éste, y
b) Señal preventiva cuando la lámpara sea sostenida con el brazo extendido hacia arriba en posición fija.