Preguntas y Respuestas Sobre Inversión Extranjera en México
Los grandes inversionistas o las grandes empresas internacionales suelen tener como objetivo no solo operar en el mercado doméstico sino ir más allá y penetrar en otros mercados. Para la toma de decisiones estratégicas, estos llevan a cabo análisis complejos sobre la situación económica, política, financiera, de negocios, legal, geográfica, cultural, entre otros, del país o países en los cuales se desea invertir.
México es uno de los países más atractivos para la inversión extranjera, por su excelente ubicación geográfica, debido a su marco regulatorio en la materia y los tratados comerciales internacionales que el país tiene suscritos con otros países, por situación económica, debido a su estabilidad política y social, por sus servicios, por su mano de obra, entre otros.
Sin embargo, la inversión extranjera, no está limitada a esos grandes inversionistas o grandes empresas globales. Nuestro país ha conquistado a un gran número de extranjeros que han llegado a México ya sea para hacer turismo o por razones de trabajo y que han apreciado no solo la cultura mexicana, sino la situación económica, política, social y comercial del país, lo que los ha impulsado a iniciar sus propios negocios en México.
En el marco regulatorio de la inversión extranjera se encuentran la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Inversión Extranjera, el Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley de Migración, los Tratados y Acuerdos Internacionales.
El tema es de inversión extranjera es complejo, en este apartado nos vamos referir al mismo de una manera amplia, a efecto de presentar un panorama general a los socios, los representantes legales, los inversionistas extranjeros, los inversionistas mexicanos, los notarios y el público en general, que suelen tener preguntas sobre la inversión extranjera en México. En esa tesitura, a continuación presentamos preguntas y respuestas sobre la inversión extranjera en México.
¿Quiénes son considerados extranjeros en México?
¿Cómo pueden los extranjeros acreditar su legal estancia en México?
¿Los extranjeros pueden constituir sociedades mexicanas?
¿Los extranjeros pueden participar en sociedades mexicanas ya constituidas?
¿Los extranjeros requieren autorización para constituir sociedades mexicanas?
¿Quiénes son inversionistas extranjeros?
¿Qué se entiende por inversión extranjera?
¿Qué es la inversión extranjera directa?
¿La inversión extranjera puede participar en cualquier proporción en el capital social de las sociedades mexicanas?
¿Cuáles actividades económicas y sociedades están reservadas exclusivamente a mexicanos?
¿Cuáles son las sociedades y actividades con regulación específica en las que pueden participar los extranjeros?
¿Las sociedades mexicanas con inversión extranjera deben inscribirse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras?
¿Las sociedades extranjeras pueden realizar actos de comercio en México?
¿Qué requisitos deberán cumplir las sociedades extranjeras que pretendan realizar habitualmente actos de comercio en la República Mexicana para obtener autorización de la Secretaría de Economía?
¿Las sociedades extranjeras deben inscribirse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras?
¿Cuáles son las actividades en las cuales no pueden participar los inversionistas extranjeros?
De conformidad con la Ley de Migración, es extranjero la persona que no posea la calidad de mexicano conforme al artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Los extranjeros pueden acreditar su legal estancia en México con los siguientes documentos:
- Tarjeta de visitante
- Tarjeta de residente temporal
- Tarjeta de residente permanente
Sí, los extranjeros pueden constituir sociedades mexicanas, siempre que dentro del objeto social no se comprendan actividades reservadas exclusivamente a mexicanos.
Así mismo, para desarrollar actividades con regulación específica, deberán someterse a los porcentajes límite establecidos por la Ley de Inversión Extranjera.
Sí, los extranjeros pueden participar en sociedades mexicanas ya constituidas, con cláusula de admisión de extranjeros. Los extranjeros podrán participar en el capital de las sociedades mexicanas, en las actividades económicas y en los límites de participación señalados por la Ley de Inversión Extranjera.
Los extranjeros requerirán resolución favorable de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras cuando se trate de participación en un porcentaje mayor al 49% cuando se trate de:
- Servicios legales.
- Construcción, operación y explotación de vías férreas.
- Servicios privados de educación preescolar, primaria, secundaria, media superior, superior y combinados.
- Sociedades navieras dedicadas a la explotación de embarcaciones exclusivamente en tráfico de altura.
- Sociedades concesionarias o permisionarias de servicio público.
- Servicios portuarios a las embarcaciones para realizar sus operaciones de navegación interior.
Son inversionistas extranjeros:
- Las personas físicas o morales de nacionalidad distinta a la mexicana.
- Las entidades extranjeras sin personalidad jurídica
De conformidad con la Ley de Inversión Extranjera, se entiende como inversión extranjera:
- La participación de inversionistas extranjeros en el capital social de las sociedades mexicanas.
- La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero.
- La participación de inversionistas extranjeros en los actos y actividades así como en las proporciones establecidas en la ley.
La inversión extranjera directa (IED), se refiere a las aportaciones de capital proveniente del extranjero. Se trata de la inversión que realiza una persona física o una persona moral de un país en una persona moral de otro país o en una empresa propia en otro país.
La inversión extranjera podrá participar en cualquier proporción en el capital social de las sociedades mexicanas salvo en las actividades económicas sujetas a límites máximos de participación establecidos en la Ley de Inversión Extranjera.
Están reservadas de manera exclusiva a mexicanos o a sociedades mexicanas con cláusula de exclusión de extranjeros:
- El transporte terrestre nacional de pasajeros, turismo y carga.
- Instituciones de banca de desarrollo.
- La prestación de determinados servicios profesionales y técnicos que expresamente señalen las leyes que resulten aplicables.
De conformidad con la Ley de Inversión Extranjera, los extranjeros podrán participar hasta el límite que a continuación se menciona en las sociedades y actividades siguientes:
- Hasta el 10% en sociedades cooperativas de producción.
- Hasta el 49% en:
- Fabricación y comercialización de explosivos, armas de fuego, cartuchos, municiones y fuegos artificiales.
- Impresión y publicación de periódicos de circulación exclusiva en el territorio nacional.
- Acciones serie “T” de sociedades que tengan en propiedad tierras agrícolas, ganaderas y forestales.
- Pesca en agua dulce, costera y en la zona económica exclusiva.
- Administración portuaria integral.
- Servicios portuarios de pilotaje a embarcaciones (conforme a la ley de la materia).
- Sociedades navieras dedicadas a la explotación comercial de embarcaciones para la navegación interior.
- Suministro de combustible y lubricantes para embarcaciones y aeronaves de equipo ferroviario.
- Radiodifusión. (Se estará a la reciprocidad que existe en el país del inversionista o el agente económico que controle a éste directa o indirectamente)
- Servicio de transporte aéreo nacional regular y no regular, servicio de transporte aéreo internacional no regular en la modalidad de taxi aéreo y servicio de transporte aéreo especializado.
Sí, las sociedades mexicanas con inversión extranjera deben inscribirse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.
Sí, las personas morales extranjeras pueden realizar habitualmente actos de comercio en México y para ello deberán obtener autorización de la Secretaría de Economía.
Para obtener la autorización de la Secretaría de Economía para realizar habitualmente actos de comercio en la República Mexicana, las personas morales extranjeras deberán reunir los siguientes requisitos:
- Comprobar estar constituidas conforme a las leyes de su país.
- Que su acta constitutiva no sea contraria a los preceptos de orden público establecidos en las leyes mexicanas.
- Que se establezcan en México o tengan alguna agencia o sucursal.
Sí, las sociedades extranjeras deben inscribirse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.
De conformidad con la Ley de Inversión Extranjera, los extranjeros no podrán participar o realizar las actividades siguientes:
- Las reservadas al Estado.
- Las que sólo pueden realizar los mexicanos o sociedades mexicanas con cláusula de exclusión de extranjeros.
- Aquellas con regulación específica (cuando se exceda del porcentaje límite establecido en la ley).
- Las que requieran resolución favorable para realizarlas de la Comisión Nacional de Inversión Extranjera (cuando no se obtenga autorización).
Además no podrán celebrar fideicomisos, convenios, pactos estatutarios o sociales, esquemas de piramidación o cualquier otro mecanismo que les otorgue control o participación sobre sociedades que realicen actividades reservadas a mexicanos o para superar los límites de inversión señalados para actividades con regulación específica.
Nota aclaratoria: Los supuestos previstos tratándose de la inversión extranjera en México son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.