Marca Registrada
Una marca es por definición todo aquél signo que pueda ser percibido por los sentidos y que sirve para distinguir productos o servicios de otros de su misma especie en el mercado. Estos signos pueden ser logotipos, letras, palabras, símbolos, formas, sonidos, olores o combinaciones de estos.
Las marcas son producto de la creatividad del ser humano y del esfuerzo económico e intelectual de los productores o prestadores de servicios para distinguir sus productos o servicios de los de su competencia. De ahí la importancia de su protección.
La protección de una marca otorga a su titular el derecho a su uso exclusivo. El derecho a usar una marca se obtiene mediante el registro de la marca.
El que una persona (física o moral) cuente con una marca registrada representa un beneficio comercial y económico. Una marca registrada es un activo intangible. El titular de una marca puede usar su marca y oponerse a que otros la usen, o bien el titular podrá conceder su uso mediante contratos de propiedad intelectual como licencia, franquicia u otro.
El registro de una marca es territorial, esto es, la marca queda protegida en el país en el cual se solicitó y otorgó su protección. Una marca también puede ser protegida internacionalmente (es decir en varios países).
En México la solicitud de registro de marca se presenta ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). El trámite de registro de marca toma un tiempo aproximado de siete meses. Cuando una marca obtiene su registro, el Instituto expide el título de marca registrada.
El registro internacional de una marca a través de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) se puede realizar presentando la solicitud de registro internacional de marca mediante los servicios electrónicos del Sistema de Madrid. Previamente a la presentación de una solicitud internacional, es necesario que la marca se encuentre registrada o que se haya solicitado su registro en la oficina nacional de marcas, que en el caso de México esa oficina es el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
Signos Registrables y No Registrables
Los fabricantes o prestadores de servicios que deseen registrar un signo que ya han usado como marca o que van a usar para distinguir sus productos o servicios de los de su competencia deben considerar antes de presentar la solicitud de registro de marca, cuáles son los signos que pueden protegerse, siendo estos los que a continuación se señalan:
- Las denominaciones, letras, números, figuras, combinaciones de colores y hologramas.
- Formas tridimensionales.
- Nombres comerciales, denominaciones o razones sociales.
- Nombre propio de una persona física.
- Los sonidos.
- Los olores.
- La pluralidad de elementos operativos o elementos de imagen.
Si bien se pueden registrar los signos antes señalados, deberán tomarse en consideración las excepciones y restricciones que señala la Ley de la Propiedad Industrial para registrar esos signos. Ya que no se podrán registrar como marca:
- Los nombres técnicos o de uso común de los productos o servicios que pretenden distinguirse con la marca.
- Las palabras, frases, denominaciones o elementos figurativos que en el lenguaje corriente se hayan convertido en elementos usuales o genéricos de los mismos.
- Las formas tridimensionales u hologramas que sean de dominio público.
- Los signos que sean descriptivos de los productos o servicios que pretenden distinguir.
- Las letras, dígitos o colores aislados.
- La traducción, variación ortográfica caprichosa o construcción de palabras no registrables y transliteración de signos no registrables.
- Los signos que reproduzcan o imiten escudos, banderas, emblemas de cualquier país, estado, municipio o divisiones políticas equivalentes.
- Las denominaciones, siglas, símbolos, emblemas de instrumentos, organizaciones internacionales gubernamentales o no.
- Las reproducciones o imitaciones de signos o sellos oficiales, billetes, monedas nacionales o extranjeros.
- Las reproducciones de condecoraciones, medallas u otros premios reconocidos oficialmente.
- Las denominaciones de origen, indicaciones geográficas, denominaciones o signos de lugares que se caractericen por la fabricación de ciertos productos o servicios.
- Los nombres, apellidos, apelativos o seudónimos de personas que hayan adquirido prestigio, reconocimiento o fama.
- Los nombres, denominaciones idénticas o semejantes en grado de confusión a los títulos de obras literarias o artísticas, así como tampoco la reproducción o imitación de los elementos de dichas obras.
- Los signos susceptibles de inducir al error al público.
- Los signos iguales o semejantes en grado de confusión a una marca notoriamente conocida en México a consideración del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
- Los signos idénticos o semejantes en grado de confusión a una marca en trámite de registro presentada con anterioridad o a una registrada y vigente.
- El nombre propio de una persona física que sea idéntico o semejante en grado de confusión a una marca en trámite, presentada con anterioridad o a una registrada y vigente.
- Contenidos contrarios al orden público, a la moral, a las buenas costumbres o a las disposiciones legales.
Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de Marcas - Clasificación de NIZA
Las marcas hacen referencia a productos o servicios. Estos productos o servicios se clasifican en virtud del Arreglo de Niza, que se refiere a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de Marcas, conocido como Clasificación de Niza. México forma parte de ese Arreglo.
La Clasificación Internacional de Productos o Servicios para el Registro de Marcas se divide en 45 clases, de las cuales de la 1 a la 34 son clases que se refieren a productos y de la 35 a la 45 son clases para servicios. Así por ejemplo, si la marca que se desea proteger se refiere al producto pintura, el producto pintura se encuentra en la clase 2 o bien si se desea proteger una marca para servicios jurídicos la clase en la cual se encuentran estos servicios es la clase 45.
Previamente a la presentación de la solicitud de registro de marca, el solicitante deberá verificar a qué clase pertenecen los productos o servicios en los cuales se usará o se usa la marca.
En México, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial pone a disposición de los solicitantes una herramienta electrónica denominada ClasNiza que presenta el listado de las clases y la descripción de los productos o servicios comprendidos en cada una de las clases, lo cual permite al usuario conocer la clase a la cual pertenecen los productos o servicios que emplean o emplearán la marca que se desea registrar.
Si los productos o servicios en los cuales se usa o usará la marca se encuentran en varias clases, deberá solicitarse la protección de la marca en cada una de las clases a las cuales pertenezcan los productos o servicios.
Requisitos para el Registro de Marca en México
Tanto las personas físicas o morales pueden solicitar el registro de una marca. Para solicitar el registro de marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial se requiere:
- Verificar la clase a la cual pertenecen los productos o servicios en los cuales se usa o usará la marca.
- Verificar en el sistema proporcionado en el portal del IMPI la disponibilidad de la marca. (Se recomienda hacerlo, ello nos dará una idea qué tan factible es obtener el registro de la marca, no asegura el registro pero así el solicitante evitará iniciar una solicitud de registro de una marca que ya se encuentre registrada o bien que sea tan similar su marca en grado de confusión a una que ya se encuentra registrada).
- Efectuar el pago de la tarifa por la presentación de la solicitud de registro de marca.
- Llenar el formato oficial de solicitud de registro de marca, el cual es proporcionado por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. (En este formato se señala el nombre de quien será el titular de la marca, el domicilio para recibir notificaciones, el tipo de marca a registrar, la clase a la que pertenecen los productos o servicios de la marca, la descripción de los productos o servicios, representación de la marca, indicación si la marca ya fue usada o no y la fecha de primer uso y firma).
- Presentar ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, de forma presencial en cualquiera de sus delegaciones o en línea a través del portal del Instituto, el comprobante de pago, la solicitud y anexos.
El IMPI una vez que reciba la solicitud de registro de marca, realizará el estudio de fondo y forma de la solicitud y llevará a cabo el proceso conforme a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial, el proceso concluirá con el otorgamiento o no del título de registro de marca.
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI)
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) es el organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, autoridad administrativa en materia de propiedad intelectual.
El IMPI tiene como misión garantizar la intervención del Estado Mexicano en la protección de los derechos de propiedad intelectual, otorgando seguridad jurídica a sus titulares, contribuyendo con el desarrollo económico de los titulares y de México.
El IMPI se coordina con la Secretaría de Economía y otras instituciones públicas y privadas nacionales e internacionales para fomentar la propiedad industrial, el desarrollo tecnológico y la innovación.
Ante el IMPI se tramitan el registro de marcas, avisos comerciales, patentes, registros de modelos de utilidad, diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, declaración de protección a denominaciones de origen, indicaciones geográficas, publicación de nombres comerciales, renovaciones, registro de licencias sobre propiedad intelectual, franquicias y otros previstos por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.
El IMPI para cumplir con su misión cuenta con una plataforma digital en la cual se encuentran integradas diversas herramientas para informar al usuario que además facilitan los trámites ante dicho Instituto.
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) - World Intellectual Property Organization
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), con sede en Ginebra Suiza, es un organismo de las Naciones Unidas, integrado por 192 Estados miembros, y más de 250 organizaciones gubernamentales e intergubernamentales que participan como observadores en las Asambleas de la OMPI. Esta Organización promueve la Propiedad Intelectual, fomentando la creatividad y la innovación en beneficio de todos los Estados miembros.
La OMPI es el organismo internacional facultado para proteger la propiedad intelectual (patentes, marcas, diseños industriales, denominaciones de origen, emblemas de Estado y otros) de una manera eficiente a través del Sistema Internacional de Patentes, el Sistema Internacional de Marcas (Sistema de Madrid), del Sistema Internacional del Registro de Diseños Industriales (Sistema de La Haya), Sistema Internacional de Denominaciones de Origen (Sistema de Lisboa), Sistema Internacional de Depósito de Microorganismos (Sistema Budapest) y Protección de los emblemas de Estado (6ter).
Además la OMPI ofrece mecanismos de solución extrajudicial de controversias en materia de propiedad intelectual, que son el arbitraje, mediación y resolución de expertos.
Por lo que se refiere específicamente al tema de marcas, los usuarios pueden solicitar el registro internacional de marcas ante la OMPI a través del Sistema de Madrid usando el servicio postal o de forma electrónica.
La OMPI ofrece una base mundial de datos sobre marcas en la cual el usuario antes de solicitar el registro de su marca puede realizar una búsqueda para conocer la disponibilidad de la marca que desea proteger. Ante esta Organización se presentan los formularios de registro internacional de marca y el comprobante de pago de las tasas correspondientes, la OMPI procede al estudio de la solicitud y según sea el caso otorgará o no el registro internacional.
Así mismo, tratándose de Marcas, la OMPI conoce de las solicitudes de modificación, renovación o transferencia de registros internacionales de marcas.
Nota aclaratoria: Los supuestos previstos tratándose de marca registrada son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.