Preguntas y Respuestas Sobre Días de Vacaciones según la Ley Federal del Trabajo
En México, la Ley Federal del Trabajo reconoce y garantiza el derecho irrenunciable que tienen los trabajadores con más de un año de servicios a gozar de vacaciones anuales pagadas.
El 27 de diciembre de 2022 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el cual se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo en materia de vacaciones . Esta reforma conocida como “Vacaciones Dignas” amplía el periodo de vacaciones anual a doce días. Y, se aumentan dos días de vacaciones al año, hasta llegar a veinte días y a partir del sexto año de antigüedad se incrementa en dos días por cada cinco años de servicios.
Además, por esa reforma a la ley, se establece que del periodo vacacional que le corresponda al trabajador, este podrá disfrutar de doce días de vacaciones continuos.
El decreto de esta reforma sobre vacaciones entró en vigor el 1 de enero de 2023 y las modificaciones contenidas en el mismo, aplican a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor, siempre que resulten más favorables a los derechos de los trabajadores.
La reforma laboral no es retroactiva y sus beneficios se reflejarán al trabajador según su caso particular.
Los trabajadores, los sindicatos, los patrones y el sector empresarial, tienen dudas y preguntas sobre el tema de las vacaciones y la reforma a la Ley Federal del Trabajo en esta materia, a continuación presentamos las respuestas a esas preguntas frecuentes.
¿Cuántos días de vacaciones corresponden a los trabajadores según la Ley Federal del Trabajo (reforma de vacaciones dignas)?
¿Cuál es el mínimo de días de vacaciones al que tienen derecho los trabajadores?
¿Tienen derecho a vacaciones los trabajadores con menos de un año de servicios?
¿Cuándo pueden los trabajadores pedir vacaciones a su patrón?
¿Cuándo deberá el patrón dar vacaciones a los trabajadores?
¿Los días de vacaciones a que tienen derecho los trabajadores deberán tomarse seguidos?
¿Qué pasa si el trabajador no desea tomar seguidos sus días de vacaciones?
¿Puede decidir el trabajador las fechas de sus vacaciones?
¿El patrón debe pagar al trabajador los días de vacaciones?
¿El trabajador recibe un pago adicional por vacaciones?
¿Qué es la prima vacacional?
¿El patrón puede cambiar las vacaciones al trabajador por pago en dinero, vales, despensas o regalos?
¿Qué pasa si el patrón se niega a dar al trabajador las vacaciones que le corresponden?
¿Puede el patrón obligar al trabajador a tomar vacaciones?
¿Tienen derecho a vacaciones quienes trabajan media jornada?
¿Qué pasa si durante el periodo de vacaciones hay un día festivo oficial?
¿Qué pasa con el derecho a vacaciones si el trabajador renuncia antes de cumplir el año de trabajo?
¿Qué pasa con el derecho a vacaciones si el trabajador es despedido antes de cumplir el año de servicios?
¿Los días de vacaciones no disfrutados se pierden?
¿Caducan o se vencen las vacaciones?
¿Se pueden acumular las vacaciones?
¿Quiénes tienen derecho a las vacaciones?
¿Cuándo tienen derecho a vacaciones los trabajadores?
¿Qué son las vacaciones dignas?
¿Cuándo entró en vigor la reforma de vacaciones dignas?
¿El derecho a vacaciones dignas solo aplica para los trabajadores que iniciaron su relación laboral a partir del año 2023?
¿Los trabajadores del hogar tienen derecho a vacaciones?
¿Cuántos días de vacaciones corresponden a las personas trabajadoras del hogar?
El periodo anual de vacaciones que será mínimo de doce días, a los trabajadores con más de un año de servicios, aumentará en dos días laborables hasta llegar a veinte por cada año subsecuente de servicios. A partir del sexto año de servicios, aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
Esto se representa mediante la tabla de vacaciones o así.
Año 1: 12 días
Año 2: 14 días
Año 3: 16 días
Año 4: 18 días
Año 5: 20 días
De 6 a 10 años: 22 días
De 11 a 15 años: 24 días
De 16 a 20 años: 26 días
De 21 a 25 años: 28 días
De 26 a 30 años: 30 días
De 31 a 35 años: 32 días
Los trabajadores que tengan más de un año de servicios, tendrán derecho a un periodo mínimo de vacaciones de doce días laborables.
La Ley Federal del Trabajo dispone que las personas que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo de vacaciones pagadas.
Los trabajadores tienen derecho a pedir vacaciones cuando cumplan un año de servicios.
Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.
Sí. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores disfrutarán de doce días de vacaciones continuos por lo menos.
Si el trabajador no desea tomar el periodo vacacional de forma continua, podrá convenir con el patrón tomarlo en la forma y tiempo que lo necesite.
Los trabajadores que tengan más de un año de servicios, tendrán derecho a un periodo mínimo de vacaciones de doce días laborables.
Sí. Los días de vacaciones a que tienen derecho los trabajadores serán con goce de sueldo. Además el patrón, pagará a los trabajadores un veinticinco porciento adicional por concepto de prima vacacional.
Durante el periodo vacacional, los trabajadores tienen derecho a la prima vacacional.
La prima vacacional es una prestación a que tienen derecho los trabajadores.
Según la Ley Federal del Trabajo, la prima vacacional equivale al veinticinco porciento sobre los salarios que correspondan a los trabajadores durante el periodo de vacaciones.
La prima vacacional tiene por objeto otorgar a los trabajadores una cantidad de dinero extra que contribuya a pagar los gastos de sus vacaciones.
No. La Ley Federal del Trabajo prohíbe que el patrón compense las vacaciones al trabajador con una remuneración.
El patrón se encuentra obligado a conceder las vacaciones a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento al año de servicios y a entregar anualmente a los trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el periodo de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.
Si el patrón no cumple con estas obligaciones, se hará acreedor a sanciones conforme a la Ley Federal del Trabajo.
El trabajador puede acudir ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para solicitar asesoría gratuita.
En la Ley Federal del Trabajo no se encuentra contemplado que el patrón pueda obligar al trabajador a tomar vacaciones.
Los trabajadores que presten sus servicios media jornada o medio tiempo tienen derecho a vacaciones, toda vez que la Ley Federal del Trabajo dispone que los trabajadores que tengan más de un año de servicios tienen derecho a vacaciones. Esto es, la ley hace referencia a la antigüedad del trabajador y no a las horas o jornada de trabajo.
Si durante el periodo vacacional coincide algún festivo, este no se considerará ni computará como día de vacaciones.
Si la relación de trabajo termina antes de que el trabajador cumpla un año de servicios, el trabajador tendrá derecho a una remuneración proporcionada al tiempo de servicios prestados.
Si la relación de trabajo concluye antes de que el trabajador cumpla un año de servicios, el trabajador tendrá derecho a una remuneración proporcionada al tiempo de servicios prestados.
De conformidad con el artículo 81 de la Ley Federal del Trabajo, el patrón deberá conceder vacaciones al trabajador dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.
Si al concluir ese término de seis meses, el patrón no ha cumplido con su obligación de conceder vacaciones al trabajador, a partir del día siguiente empezará a contar el plazo de un año para que el trabajador ejerza la acción legal a efecto de que el patrón cumpla con su obligación.
Si el trabajador no ejerce la acción legal dentro del término mencionado, esta prescribirá, conforme al artículo 516 de la referida ley.
Es decir, dieciocho meses después de concluido el año durante el cual se acumularon vacaciones, el trabajador habrá perdido su derecho a reclamar las vacaciones y la prima vacacional correspondiente.
Según la Ley Federal del Trabajo, el patrón deberá conceder vacaciones al trabajador dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Si no se toma en ese plazo, el trabajador tiene un año adicional para reclamarlas. Esto es, dieciocho meses después de concluido el año durante el cual se acumularon vacaciones, el trabajador habrá perdido su derecho a reclamar las vacaciones.
El derecho a vacaciones se genera cada año, el número de días de vacaciones depende de la antigüedad del trabajador (tabla de vacaciones). Las vacaciones deberán concederse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. En caso de no disfrutarlas, el trabajador tiene un año para reclamar su derecho a vacaciones. Las vacaciones no pueden acumularse indefinidamente.
Tienen derecho a vacaciones los trabajadores que tengan más de un año de servicios.
El derecho a vacaciones lo adquieren las personas trabajadoras por el transcurso del tiempo en que prestan sus servicios, de conformidad con la Ley Federal del Trabajo, cuando tengan un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones.
El término de vacaciones dignas hace referencia a la reforma a la Ley Federal del Trabajo por la cual se amplía el periodo vacacional de las personas trabajadoras de seis a doce días desde el primer año laboral.
La reforma de vacaciones dignas fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022 y entró en vigor el día 1 de enero de 2023.
No. El derecho a vacaciones dignas aplica para todos los trabajadores independientemente de la antigüedad en su empleo.
Los trabajadores del hogar tienen derecho a vacaciones anuales pagadas, así como a la prima vacacional, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo.
Las personas trabajadoras del hogar que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables hasta llegar a veinte por cada año subsecuente de servicios. A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicios (tabla de vacaciones).
Nota aclaratoria: Los supuestos previstos tratándose de las vacaciones son diversos, su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.