Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco
› Título VII - De la Responsabilidad de las Personas Dedicadas al Servicio Público y del Sistema Estatal Anticorrupción
› Capítulo II - Del Sistema Estatal Anticorrupción
› Artículos 73 Bis al 73 Ter
Última Reforma DOF 15-11-2023
El Sistema Estatal Anticorrupción es la instancia de coordinación entre las autoridades de los órdenes de gobierno local y municipal en el Estado de Tabasco, competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como para la fiscalización y control de recursos públicos.
Como parte integrante del Sistema Nacional Anticorrupción, el Sistema Estatal deberá coadyuvar al cumplimiento de los principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos de coordinación que se establezcan en el marco del Sistema Nacional y la Ley General de la materia.
(ADICIONADO EN SU TOTALIDAD P.O. 7806 28 DE JUNIO DE 2017)
Artículo 73 TerEl Sistema Estatal Anticorrupción se integra por:
I. Las y los Integrantes del Comité Coordinador; y
II. El Comité de Participación Ciudadana.
(REFORMADO P.O. 8469 SPTO. F 04 DE NOVIEMBRE DE 2023)
El Comité Coordinador se formará con:
I. Una persona que represente al Comité de Participación Ciudadana, misma que lo presidirá;
II. La persona titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado;
III. La persona titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de la Fiscalía General del Estado;
IV. La persona titular de la Secretaría de Contraloría del Gobierno del Estado;
V. La persona que presida el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado;
VI. La persona que presida el Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y
VII. Una persona que represente al Consejo de la Judicatura del Estado.
(REFORMADO P.O. 8469 SPTO. F 04 DE NOVIEMBRE DE 2023)
(REFORMADO P.O. 8469 SPTO. F 04 DE NOVIEMBRE DE 2023)
(REFORMADO P.O. 8469 SPTO. F 04 DE NOVIEMBRE DE 2023)
(REFORMADO P.O. 8469 SPTO. F 04 DE NOVIEMBRE DE 2023)
(REFORMADO P.O. 8469 SPTO. F 04 DE NOVIEMBRE DE 2023)
(REFORMADO P.O. 8469 SPTO. F 04 DE NOVIEMBRE DE 2023)
(REFORMADO P.O. 8469 SPTO. F 04 DE NOVIEMBRE DE 2023)
El Comité de Participación Ciudadana del Sistema tiene como objetivo coadyuvar, en términos de la ley, al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador y del Sistema Estatal. Estará formado por cinco personas en total, siendo estas ciudadanas y ciudadanos tabasqueños que se hayan distinguido por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción, quienes serán designados conforme a lo que establezca la ley. En todo momento se deberá observar el principio de paridad de género en la integración de ambos Comités.
(REFORMADO P.O. 8469 SPTO. F 04 DE NOVIEMBRE DE 2023)
El Sistema Estatal Anticorrupción contará con una Secretaría Ejecutiva que se organizará y funcionará como un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, no sectorizado, con autonomía técnica y de gestión.
La Ley del Sistema Estatal Anticorrupción determinará la integración y atribuciones, así como la estructura orgánica y operativa necesaria para el adecuado cumplimiento de sus objetivos y fines, de conformidad con las bases que ordena la Ley General de la materia.
(ADICIONADO EN SU TOTALIDAD P.O. 7806 28 DE JUNIO DE 2017)