Código Penal Federal
› Libro Segundo
› Título Cuarto - Delitos contra la Seguridad Pública
› Capítulo III Bis - Uso Indebido de Aeronaves Pilotadas a Distancia

› Artículos 163 Bis al 163 Quáter

Última Reforma DOF 07-06-2024

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Artículo 163 Bis

Se impondrá pena de prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten, a quien mediante el uso de aeronaves pilotadas a distancia realice las conductas siguientes:

  • I. Arroje cualquier objeto o artefacto explosivo, artefactos explosivos improvisados o armas, así como sustancias químicas que por sí solas o combinadas sean susceptibles de ser empleadas como explosivos sobre otras personas o bienes, y

  • II. Impacte a alguna persona o propiedad con el propósito de causar daño.

Cuando la persona o el bien afectado pertenezca o esté destinado a las Fuerzas Armadas o de seguridad pública, la pena establecida se aumentará hasta en una mitad.

(ARTÍCULO ADICIONADO D.O.F. 07 DE JUNIO DE 2024)

Artículo 163 Ter

Se impondrá pena de prisión de cinco a diez años a quien importe, manufacture, arme, adquiera o adapte aeronaves pilotadas a distancia para el transporte de artefactos explosivos, artefactos explosivos improvisados, armas, narcóticos, drogas sintéticas o demás materiales regulados en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

(ARTÍCULO ADICIONADO D.O.F. 07 DE JUNIO DE 2024)

Artículo 163 Quáter

A quien utilice aeronaves pilotadas a distancia equipadas con dispositivos que permitan fotografiar o realizar grabaciones de audio o video, de forma física o empleando medios electrónicos, para vigilar actividades de personas servidoras públicas con la finalidad de conocer o reportar su ubicación para evadir su acción o ejecutar agresiones en su contra, se le impondrá una pena de prisión de tres a diez años; decomiso de los aparatos, equipos y objetos productos del delito, y multa de cincuenta a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten.

(ARTÍCULO ADICIONADO D.O.F. 07 DE JUNIO DE 2024)