Reglamento de Matrícula Consular

CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
  • ARTÍCULO 1. El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la inscripción en el Registro Consular de los mexicanos que residen en el exterior, así como la expedición del Certificado de Matrícula Consular en las oficinas consulares.

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  • ARTÍCULO 2. Para los efectos del presente Reglamento, además de las definiciones contenidas en la Ley del Servicio Exterior Mexicano, se entenderá por:

    1. Certificado de Matrícula Consular: El documento de identidad que expide una oficina consular a favor de un connacional, para hacer constar que en el registro de mexicanos se encuentra matriculado por residir dentro de su circunscripción;

    2. Dirección General: La Dirección General de Protección y Asuntos Consulares de la Secretaría;

    3. Matrícula Consular: La inscripción oficial de los mexicanos que residen en el exterior en el Registro Consular, que obra en las oficinas consulares y que se centraliza en la Secretaría, y

    4. Reglamento: El Reglamento de Matrícula Consular.

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