Reglamento Interior de Trabajo del Personal Docente de los Institutos Tecnológicos
Artículo 102. Los Jurados Calificadores serán órganos auxiliares de la Comisión Dictaminadora en la elaboración y calificación de los exámenes de oposición para el personal docente y deberán estar integrados por un máximo de 5 miembros y un mínimo de 3, previa solicitud de la Comisión Dictaminadora al titular del área académica del centro de trabajo.
Artículo 103. Para ser integrante de un Jurado Calificador se requiere ser personal docente distinguido, de igual o mayor categoría que la abierta a concurso en la disciplina de que se trate y seleccionado por la academia respectiva.