Derecho Corporativo
El Derecho Corporativo en México no pertenece a una rama específica del derecho. No posee una legislación o codificación propia, llamada por ejemplo Ley de Derecho Corporativo o Código Corporativo. El Derecho Corporativo más bien agrupa otras especialidades o ramas del derecho para regular a las personas morales (sociedades) hacia el interior, en sí mismas, en cuanto a su constitución y a las relaciones entre las personas que las integran; y hacia el exterior, en sus relaciones con el Estado y con otras personas físicas o morales.
Sociedad - Empresa
En el concepto de Derecho Corporativo que hemos dado, nos referimos a las personas morales sociedades mercantiles. Las sociedades mercantiles son una unidad jurídica que engloba diversos elementos como son los socios, el capital aportado, la organización, el fin de carácter económico, el domicilio, la nacionalidad entre otros. En este apartado hablamos de las sociedades reconocidas por la Ley General de Sociedades Mercantiles, que tienen personalidad jurídica propia, distinta de la de los socios. Estas sociedades mercantiles se constituyen en virtud del contrato social y podrán realizar los actos de comercio para el cumplimiento de su objeto social.
Para constituir estas sociedades y para que las mismas produzcan efectos jurídicos frente a terceros deberá observarse lo establecido por la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Las sociedades podrán actuar por conducto de sus representantes legales. La representación de toda sociedad mercantil corresponde a su administrador o administradores quienes a su vez podrán nombrar apoderados.
Ahora bien, otro término que se emplea en la práctica en el ámbito del derecho corporativo para referirse a las personas morales (sociedades) es el de empresa. La empresa es definida en la Ley Federal del Trabajo en su artículo 16 como la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios.
Además, el Código Fiscal de la Federación define empresa como la persona física o moral que realice actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas.
Elementos Personales y Materiales de la Sociedad o Empresa
La sociedad o empresa está constituida por elementos personales y elementos materiales.
Cuando hablamos de elementos personales de una empresa nos referimos a las personas que la integran, estas personas son los socios y sus trabajadores. Por ejemplo, desde que los socios deciden constituir una sociedad mercantil determinarán quién será el administrador o cómo estará integrado el consejo de administración y los roles que cada uno de los socios tendrán dentro de la sociedad, además tomarán decisiones para otorgar poderes a representantes y para contratar trabajadores. Algunas de las relaciones que se dan entre las personas que integran las sociedades o los efectos que producen estas relaciones son regulados por el Derecho Mercantil, el Derecho Laboral, el Derecho Fiscal, entre otros.
Ahora bien, tratándose de los elementos materiales de una empresa o sociedad, estos pueden ser de tipo tangible o intangible y a su vez constituyen el patrimonio de la misma. Los bienes tangibles pueden ser a su vez muebles o inmuebles. Los bienes muebles son aquellos que pueden trasladarse de un lugar a otro por ejemplo un vehículo que posea la empresa para el transporte de personal o de mercancías. Son bienes inmuebles aquellos que por su naturaleza no pueden trasladarse de un lugar a otro por ejemplo, un edificio en donde trabajan los socios o empleados o una bodega propiedad de la empresa en la cual se almacenen mercancías. Estos bienes entran bajo la regulación y protección de la Ley en disposiciones que pertenecen al Derecho Civil, Derecho Mercantil, Derecho Fiscal, entre otros. En cuanto a los bienes intangibles son aquellos que no son visibles, estos son los derechos que tiene la sociedad, como por ejemplo, los derechos sobre títulos de crédito, derechos que la sociedad ha adquirido en virtud de contratos, derechos sobre patentes o marcas. Estos derechos pueden encontrarse protegidos y regulados por diversas ramas del derecho como el Derecho Mercantil, el Derecho Laboral, los Derechos de Propiedad Intelectual, entre otros.
Objeto de la Sociedad
La sociedad o empresa debe contar con un objeto social, en el cual se definirán las actividades o actos que la sociedad va a desarrollar. El objeto social debe ser lícito y posible. El objeto social debe establecerse desde el momento de la constitución de la sociedad y contenerse en el contrato social. Dependiendo del objeto social será que la sociedad pueda celebrar ciertos contratos en el campo del Derecho Mercantil, tener determinadas obligaciones y en su caso beneficios comprendidos por el Derecho Fiscal.
Contratos que Celebren las Sociedades
Una sociedad tiene su origen precisamente en un contrato social, el cual es celebrado entre los socios. Las sociedades a su vez celebran contratos con otras personas físicas y morales. Los contratos celebrados por las sociedades según la naturaleza de que se trate deberán cumplir con determinadas formalidades establecidas por la ley de la materia aplicable. En virtud de los mismos tanto las sociedades como las personas físicas o morales con quienes contraten adquirirán determinados derechos y obligaciones. Por ejemplo una sociedad celebra contratos laborales con sus trabajadores, contratos de proveeduría o suministro, de licencia, de arrendamiento, de compraventa, etcétera. Dichos contratos son regulados por diversas ramas del Derecho siendo algunas de ellas, el Derecho Laboral y el Derecho Mercantil.
Derechos de las Sociedades
Las empresas al ser reconocidas como personas morales gozan de derechos establecidos en las leyes que les resultan aplicables, incluso los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los Tratados Internacionales de los que México sea parte. Por ejemplo, derecho de libertad de industria y comercio; derecho a la integridad y seguridad corporativa; derecho de libertad de expresión; seguridad jurídica, derecho a la propiedad y al patrimonio; derecho a la protección de datos, secretos industriales y secretos comerciales, entre otros.
Obligaciones de las Sociedades
La personas morales sociedades o empresas, como entes jurídicos, así como gozan de derechos, tienen obligaciones a su cargo y estas obligaciones pueden darse entre los socios que las integran, frente a sus trabajadores, ante el Estado y respecto a terceros. Estas obligaciones se encuentran establecidas en las diversas legislaciones que les son aplicables o bien en los contratos que celebren. Por ejemplo la sociedad tiene la obligación de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes ante el Servicio de Administración Tributaria y cumplir con sus obligaciones fiscales; en caso de emitir ofertas de empleo a extranjeros debe solicitar constancia de inscripción de empleador ante el Instituto Nacional de Migración; pagar a sus empleados un salario; pagar a sus proveedores por sus productos o servicios; etcétera. Es entonces como las obligaciones de las empresas están contenidas en ramas del Derecho como el Derecho Fiscal, el Derecho Mercantil, el Derecho Administrativo, el Derecho Laboral, entre otros.
Fusión, Transformación, Escisión, Disolución y Liquidación de las Sociedades
La Ley General de Sociedades Mercantiles establece las condiciones, los requisitos, procedimientos y los efectos jurídicos que se producen cuando varias sociedades deciden integrarse en una sola entidad jurídica; cuando deciden modificar su naturaleza u objeto; o cuando procede dar por terminada la sociedad. Y se refiere dicha ley a estos casos bajo los términos o figuras jurídicas de fusión, transformación, escisión, disolución o liquidación de las sociedades que a su vez les resultan aplicables otras disposiciones legales pertenecientes a otras ramas del derecho como el Derecho Fiscal, el Derecho Laboral, entre otros.
Ramas del Derecho Aplicables en el Derecho Corporativo
Como lo hemos venido mencionando en los párrafos anteriores el Derecho Corporativo incluye diversas ramas del derecho, todas aquellas en las que resulten inmersas las sociedades por su existencia y en sus relaciones con otros sujetos de derecho. Y será entonces que les sean aplicables las disposiciones legales comprendidas dentro de esas ramas de derecho.
Por mencionar algunas de estas ramas tenemos que serán aplicables:
- Derecho Constitucional: en virtud de las garantías de las cuales gozan las personas morales, los individuos que la integran y aquellos con los cuales se relacionan.
- Derecho Mercantil: en todo lo relativo a su constitución y actividades de comercio.
- Derecho Laboral: en sus relaciones con sus trabajadores en virtud de los contratos individuales y colectivos de trabajo.
- Derecho Fiscal: en cuanto al cumplimiento de obligaciones y goce de beneficios fiscales.
- Derecho de Propiedad Intelectual: en cuanto a los derechos sobre marcas, patentes, secretos industriales, secretos comerciales, derechos de autor.
- Derecho Administrativo: en lo que se refiere a cumplimiento de obligaciones como permisos, licencias, autorizaciones, entre otros.
- Derecho Penal: en cuanto a que participa como sujeto activo o pasivo en esta rama del derecho.
- Derecho Migratorio: en cuanto al cumplimiento de determinadas obligaciones y permisos respecto a empleados extranjeros.
Si deseas conocer más sobre cada una de estas ramas del Derecho, te invitamos a visitar esta sección y las secciones respectivas a otras ramas del derecho dentro de este portal.